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Si Gano una Demanda ¿Tengo que pagar Impuestos? (California)

Se acerca la temporada de impuestos. SI estuviste involucrado en un accidente tal vez te preguntes: si gano una demanda, ¿tengo que pagar impuestos?. Si vives en California, la respuesta corta es que algunas partes de tu arreglo pueden estar sujetas a impuestos; y otras, no. Las personas que ganan más de un monto mínimo establecido deben pagar impuestos sobre la renta a la Junta de Impuestos de Franquicias de California (California Franchise Tax Board) y al IRS.

California es uno de los estados que tiene un impuesto separado del impuesto sobre la renta, además del impuesto federal sobre la renta. Sin embargo, no todas las formas de ingresos se consideran gravables. Los códigos fiscales estatales y federales son independientes; pero las partes de una compensación por lesiones personales o un acuerdo que el IRS considere como ingreso gravable probablemente también se considerarán gravables por la Junta de Impuestos de Franquicias de California. 

A continuación, exploraremos qué partes de tu compensación por lesiones personales puede llegar a estar sujeta a pagar impuestos.

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Gastos Médicos (Pasados y Futuros)

Bajo la sección 26 del Código de los Estados Unidos, artículo 104(a)(2), la compensación que se recupera por tus gastos médicos debido a lesiones físicas está excluida de su ingreso bruto y generalmente no está sujeta a impuestos por el IRS o el Estado de California. Los daños por gastos médicos pasados y futuros no se consideran ingresos gravables porque se consideran reembolsos por el dinero que has tenido que gastar para recibir tratamiento por tus lesiones y por las cantidades que probablemente tendrás que gastar en el futuro.

Sin embargo, si reclamaste deducciones detalladas para algunos de tus gastos médicos en tus formularios de impuestos sobre la renta mientras tu demanda estaba pendiente, deberás incluir esas cantidades y reportarlas al IRS. Cualquier gasto médico que hayas reclamado como deducción detallada durante el año en el que lo tuviste, no puede ser excluido posteriormente del ingreso bruto cuando recibas tu compensación. 

No tendrás que informar al IRS ni a la Junta de Impuestos de Franquicias sobre ningún otro gasto médico más allá de los gastos médicos que reclamaste como deducciones detalladas. Si solo tomaste la deducción estándar y no detallaste tus gastos médicos, ninguna parte del acuerdo o premio que recibas por gastos médicos estará sujeta a impuestos.

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Ingresos Perdidos (Pasados y Futuros)

A diferencia de los gastos médicos, los impuestos por ingresos perdidos no se pueden excluir en su mayoría o totalidad de la compensación que recibas. Los salarios perdidos, incluidos aquellos en el pasado cuando no pudiste trabajar, y los salarios futuros perdidos si quedas con una discapacidad permanente que le impide regresar al trabajo se consideran gravables por el IRS y el Estado de California y deberán ser informados

Esto es así porque se considera que estos tipos de daños tienen la intención de reemplazar los ingresos que de otro modo habrías ganado por trabajar y por los cuales habrías pagado impuestos de todas formas. Típicamente, esta será la parte de tu acuerdo por la cual podrías necesitar pagar más impuestos.

Daños o Pérdida a la Propiedad

Estos tipos de daños se otorgan comúnmente en reclamos por accidentes de auto. Dado que tienen la intención de reembolsar el dinero que tuviste que gastar para reparar o reemplazar tu vehículo, generalmente no están sujetos a impuestos y no necesitarán ser informados. Pero, si recibes daños por la disminución del valor de tu propiedad, el IRS establece que debes informar la diferencia si recibes más de lo que vale tu propiedad. 

Por ejemplo, si tu vehículo valía $20,000 pero recibiste $25,000, deberás informar la diferencia de $5,000 en tus declaraciones de impuestos sobre la renta estatal y federal.

Dolor y Sufrimiento

La compensación que recibas por dolor físico y sufrimiento no se considera gravable y no necesita ser informada al IRS ni al Estado de California. Los daños que recibas por el dolor emocional y el sufrimiento que experimentaste debido a tus lesiones físicas tampoco son gravables. Sin embargo, si solo sufriste dolor emocional y sufrimiento y no tuviste lesiones físicas, serán gravables y deberán ser informados al IRS y al estado. 

La mayoría de las demandas por lesiones personales involucran lesiones físicas, lo que significa que la mayoría de los demandantes no tendrán que pagar impuestos sobre los daños por dolor emocional y sufrimiento que puedan recibir.

Un Abogado de Lesión Personal Puede Ayudarte Con Estas Deducciones

Como verás, las diferentes partes de tu acuerdo pueden recibir distintos tratamientos fiscales. Es fundamental que el desglose de las diversas cantidades sea exhaustivo y completo. Un abogado de lesion personal puede solicita ese desglose, documentado y completo, de todos tus daños. Si tu demanda incluyó reclamos adicionales más allá del de lesiones personales, tu abogado también querrá saber qué daños se asignan a cada reclamo.

El estado y el IRS solo podrán tomar una pequeña parte de tu compensación. Gran parte de esta no se considera gravable. Una vez que pagues los honorarios de tu abogado y los costos legales de tu acuerdo, podrás conservar el remanente menos cualquier impuesto que pueda deberse por daños a salarios perdidos. Si tienes éxito en tu reclamo, la cantidad que puedas recibir debería ser suficiente para recuperarte a como estabas antes del accidente (o lo más posible).

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